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  Instrucciones: Usando el convenio colectivo de tu sector contesta las siguientes preguntas: 1. ¿Cuál es la jornada anual que se  establece ? Será de 1826 horas anuales distribuyéndose en dos partes. Una de carácter regular y otra irregular. 2. ¿El tiempo de descanso dentro de la jornada se considera tiempo de trabajo efectivo? El tiempo de trabajo se computará de modo que, tanto al comienzo como al final de la jornada diaria, el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo y dedicado a él, por lo tanto el tiempo de descanso que hemos perdido debe de recuperarse después. 3. ¿Las horas extra se compensan por descanso o se retribuyen? Si se retribuyen ¿en qué cuantía? El convenio prevé que se pueden compensar tanto con descanso como con salario. Si es con salario se coge la retribución más el plus de turno más el plus de nocturnidad, se divide por la jornada regular anual de 1689 horas y se incrementa en un 23%. En compensación con descanso, si existe acuerdo ...

Entrevista de trabajo en un bar con cámara oculta

 A) El periodo es correcto de tiempo y como anteriormente no ha trabajado en esa misma empresa. B) Existe una relación laboral por cumplir las 5 características de la relación laboral y se entiende que existe un contrato de trabajo verbal. C) Hablar con el empresario y decirles que esas condiciones no están bien ya que en el contrato debe aparecer el salario, horarios, condiciones. Si el empresario nos acepta , tenemos que hablar con el representante de los trabajodores y si aún asi no se consigue nada denunciar en 20 días hábiles.

Tres trabajadores de una empresa son sancionados

a) -  Vicente ha cometido una falta leve .Amonestación verbal o escrita en privado o una suspensión de empleo y sueldo durante un día que el empresario elija. - Pedro ha cometido una falta grave. Suspensión de empleo y sueldo de 2 a 12 días o inhabilitación temporal para el ascenso por plazo no superior a dos años. - Emma ha cometido una falta leve. Amonestación verbal o escrita en privado o una suspensión de empleo y sueldo durante un día que el empresario elija. b) Las faltas leves prescriben a los diez días desde que la empresa se entera. Las faltas graves desde que la empresa se entera, un plazo de veinte días.