Permiso, vacaciones y festivos.
Permisos retribuidos Existen una serie de permisos retribuidos que son 15 días por matrimonio, por el nacimiento de un hijo, fallecimiento, accidente, enfermedad, hospitalización o intervención quirúrgica que precise reposo de un familiar hasta 2º grado 2 días aunque si necesita desplazamiento es de 4 días, por el traslado a otro domicilio 1 día, deber inexcusable carácter público tiempo imprescindible o legal, funciones sindicales o representación tiempo establecido, acudir a exámenes oficiales tiempo imprescindible, exámenes prenatales y técnicas de preparación del parto tiempo imprescindible, hospitalización prematuros 1 hora al día retribuida o 2. Vacaciones o festivos A) Vacaciones El calendario debe estar en lugar visible, deben ser retribuidas, deben ser al menos 30 días por año trabajado y se deben disfrutar entre el 1/1 y el 31/12, se deben conocer mínimo 2 meses antes. B) Festivos. Tenemos14 festivos al año: lo establece el gobierno, otro los establecen las comunidades a...