La duración del contrato de trabajo y el periodo de prueba
La duración del contrato de trabajo es la duración en la que va a existir la relación laboral.
Podemos distinguir :
- Duración indefinida: no se prevé fecha de finalización.
- Duración temporal: se prevé fecha de finalización puede ser, con una fecha concreta o con la finalización de la tarea asignada. Esta finalización tiene siempre requisitos y consecuencias.
Dentro de la duración del contrato se puede firmar un periodo de prueba ya que no tiene ni requisitos ni consecuencias para ninguna de las partes. Es una cláusula voluntaria al inicio del contrato. Puede ser genérico o especiales.
- Genérico: seis meses para tcos. Titulados, 2 meses para el resto de trabajadores, 3 meses si la empresa tiene menos de 25 trabajadores.
- Especiales: 1 mes para contratos temporales inferiores o iguales a 6 meses, 1 mes para los contratos de adquisición práctica.
ACTIVIDADES
2.
A) Si, ya que es un contrato genérico y no puede superar los 6 meses.
B) Si, ya que para eso sirve el periodo de prueba.
C) Araceli ante esta situación puede irse, puede reclamarle a la empresa que cumpla la legalidad si es que quiere quedarse en la empresa.
3.
A) 2 meses, pero si la empresa tiene menos de 25 trabajadores y 3 meses.
B)1 mes.
C) 6 meses por ser tco.Titulada.
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