Fuentes del Derecho del Trabajo II
Las leyes son normas elaboradas y aprobadas por las Cortes Generales.
Las leyes las podemos clasificar en dos tipos:
-Leyes Orgánicas, reúnen los siguientes requisitos:
* Mayoría Absoluta.
*Derechos fundamentales y libertades públicas contenidas en la constitución.
*Estatuto de Autonomía.
*Ley electoral.
- Leyes Ordinaria:
*Mayoría Simple.
*Normas no reservadas a Ley Orgánica.
Además existen Normas con rango de ley , estas son dicta por el gobierno. Son:
-Decretos legislativos, unificando varias normas en una sola o elaborada a través de un índice de contenidos. Requieren de la autorización de las cortes.
-Decretos-leyes. El gobierno los dictará en caso de urgencia y necesidad, son provisionales y nunca pueden afectas a las materias de las leyes orgánicas.
Los reglamentos son normas que dictan el gobierno y la administración y sirven para desarrollar las leyes. Los principales son el Real Decreto y la Orden Ministerial.
Los convenios colectivos son acuerdos entre los representantes de los trabajadores y los empresarios con el fin de fijar las condiciones de trabajo para un determinado sector profesional.
Otra normas de obligado cumplimiento en D.L es el contrato de trabajo que es un acuerdo entre empresario y trabajador y además debe respetar todas las normas anteriores.
Usos y costumbres son determinadas prácticas que se repiten en el tiempo y sólo se aplican si no hay otra normas escritas y para que puedan ser aplicadas en el D.L deben ser locales y profesionales.
ACTIVIDAD 1
El estatuto de los Trabajadores trata de una norma con rango de ley, en concreto, Real Decreto Legislativo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Fue creada el 24 de octubre de 2015.
ACTIVIDAD 2
Las leyes orgánicas no son normas con un rango superior jerárquico a las Leyes Ordinarias, sino que su relación se basa en el principio competencial , es decir, la Constitución reserva ciertas materias para su regulación por Ley Orgánica debido a la importancia que éstas pueden tener para el interés general. Por ello, las Leyes Ordinarias se dictan en todo aquellos ámbitos que no se encuentran cubiertos o reservados para las Leyes Orgánicas.
La reserva competencial es una de las principales diferencias entre las Leyes Orgánicas y las Leyes Ordinarias.
Otra gran diferencia reside en el procedimiento legislativo que se debe seguir para la aprobación de cada una de ellas. Así, las Leyes Orgánicas, debido a la importancia de las materias que regulan, exigen un consenso político que se traduce en la exigencia de una mayoría absoluta en el Congreso para su aprobación, mientras que las Leyes Ordinarias únicamente requieren una mayoría simple.
ACTIVIDAD 3
Se conoce como rango de ley la posición que ocupan las normas inmediatamente inferiores a la Constitución y en principio dependientes de ella.
Es aquella norma con rango de ley y de carácter provisional que se dicta por parte del Gobierno por delegación de las Cortes.
*Decretos legislativos: unifica varias normas en una sola o las elabora a través de un índice de contenidos. Necesitan la autorización de las Cortes.
*Reales Decretos- Ley: solo pueden ser dictadas en caso de urgencia o necesidad. Son normas provisionales que no pueden afectar a las materias de las leyes orgánicas.
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