Principios de aplicación de las normas laborales
Principio de jerarquía normativa.
La norma de rango inferior no puede contradecir a otra de igual o superior rango.
1º Normativa UE.
2º Constitución.
3º Normas Internacionales.
4º Leyes.
5º Normas con rango de ley.
6º Reglamentos.
7º Convenio Colectivo.
8º Contrato de trabajo.
9º Usos y costumbre locales y profesionales.
- Si en un caso concreto pueden aplicarse dos o más normas, se aplicará la que, en su conjunto, favoreza más al trabajador.
- Si una nueva norma establece peores condiciones que las que tiene el trabajador en su contrato, se mantienen las del contrato.
- Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos que tienen reconocidos.
- En caso de duda en la interpretación de una norma se interpreta de la forma más favorable para el trabajador.
Derechos de los trabajadores.
Existen derechos laborales tanto a nivel individual (libre elección de profesión, descanso, salario puntual...) y derechos colectivos ( sindicato, reunión, negociar convenios...).
ACTIVIDAD 1:
1. Convenio Colectivo del sector siderometalúrgico de la provincia de Alicante: 7.
2. Directiva del Consejo de 12 de junio de 1989 relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (89/391/CEE):2.
3.Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad Sindical:4.
4.Constitución Española de 1978:1.
5.Contrato de trabajo de un empleado en una industria textil:8.
6.Real Decreto 724/2016, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2017:6.
7.Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: 5.
8.Convenio nº 182 sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999:3
ACTIVIDAD 2
1. Mónica: irrenunciabilidad de derechos.
2.Eva: condición más beneficiosa.
3.Trabajador: in dubio pro-operario.
4.Pedro: norma más favorable.
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